He recopilado los siguientes consejos para evitar errores en relación con los Créditos Documentarios que usaremos como Importador:
- Que no se presenten todos los documentos
- Que la factura sea por un importe superior al admitido en el crédito
- Que los documentos se presenten fuera de plazo (fecha de validez del crédito)
- Que se presenten un número inferior de ejemplares/copias/originales de un documento que ha sido solicitado
- Que diferentes documentos no coincidan en la descripción de la mercancía
- Errores ortográficos o de mecanografía
- Que la póliza del seguro no recoja los riesgos pactados. Que no esté correctamente endosada o que la moneda del aseguramiento sea distinta de la del crédito
- Que la fecha del seguro sea posterior a la fecha de embarque
Relativos al Conocimiento de Embarque:
9. Que el conocimiento de embarque tenga una fecha superior o inferior a la exigida para el envío de la mercancía.
10. Que el conocimiento de embarque no sea “Clean” (limpio); que haya recelos; que haya anotaciones del transportista relativas al deterioro de la mercancía; y que no esté indicado “flete pagado” y su “importe” cuando el Crédito Documentario así lo requiera.
11. En el caso marítimo; que el conocimiento de embarque indique que la mercancía viaja en cubierta, no estando autorizado en el crédito.
El Banco Emisor (Emite un crédito a petición de un ordenante o por cuenta propia) está IRREVOCABLEMENTE obligado a honrar desde el momento en el que emite el crédito.
En el caso de una Importación el Comprador/Ordenante es la parte a petición de la que se emite el crédito. El comprador es el responsable final del pago, y está obligado a reembolsar al banco emisor las cantidades anticipadas por éste.
El Crédito Documentario es un compromiso de pago irrevocable por parte del Banco Emisor condicionado a que el beneficiario realice una “presentación conforme” de los documentos requeridos.